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ToggleEl calor extremo ya no es solo un riesgo: también tiene consecuencias legales
Con la intensificación de las temperaturas en los últimos veranos, el trabajo al aire libre ha pasado de ser incómodo a convertirse en un asunto de salud pública. Y desde 2023, también es un asunto regulado por ley. El Plan Estival 2025 y las modificaciones normativas introducidas en materia de prevención de riesgos laborales obligan a las empresas a adaptar sus actividades cuando se produzcan episodios de calor extremo. Es decir, hay circunstancias en las que está expresamente prohibido trabajar al aire libre.
El marco normativo: Plan Estival y Real Decreto-Ley 4/2023
El Plan Estival 2025, en vigor desde el 16 de mayo hasta el 30 de septiembre, establece medidas concretas para proteger a las personas trabajadoras frente a los efectos de las olas de calor. Estas medidas afectan especialmente a sectores como la agricultura, construcción, hostelería en terrazas, limpieza urbana, industrias extractivas y pesca, así como a trabajos en espacios cerrados con altas temperaturas, como invernaderos o lavanderías industriales.
Esta regulación se apoya en el Real Decreto-Ley 4/2023, que modificó el Real Decreto 486/1997 para incorporar la obligación de adoptar medidas específicas frente a fenómenos meteorológicos extremos, como las olas de calor.
¿Cuándo está prohibido trabajar al aire libre durante una ola de calor?
Existen dos supuestos en los que el trabajo al aire libre queda prohibido:
- Cuando concurran fenómenos meteorológicos adversos que impidan el desarrollo seguro de la actividad laboral. En este caso, se deben adaptar las condiciones de trabajo o interrumpir la jornada en las horas de mayor riesgo.
- Cuando la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) o el organismo correspondiente emita un aviso de nivel naranja o rojo. En estos casos, las empresas están obligadas a modificar o reducir el horario laboral, fomentar la flexibilidad y, en su caso, suspender la actividad al aire libre.
Estas obligaciones no se limitan a la suspensión. Se exige también la reorganización de las jornadas para evitar la exposición durante las horas más calurosas, además de garantizar condiciones adecuadas de hidratación y descanso.
¿Están obligadas las empresas a incluir estas medidas en sus planes de prevención?
Sí. Las empresas deben incorporar medidas específicas frente a las olas de calor en sus planes de prevención de riesgos laborales. Esto implica evaluar qué tareas deben suspenderse o adaptarse y tener en cuenta las condiciones físicas de cada persona trabajadora.
El análisis del riesgo debe contemplar tanto la naturaleza de la tarea como la vulnerabilidad individual. Por ejemplo, una persona de 55 años con patologías cardiovasculares no afronta las mismas condiciones que otra de 22 años en buen estado físico.
Los niveles de riesgo establecidos en el Plan Nacional se interpretan del siguiente modo:
- Nivel amarillo: riesgo leve para personas mayores de 65 años con factores de riesgo.
- Nivel naranja: riesgo moderado para mayores de 65 años o personas con múltiples factores de riesgo; riesgo elevado para mayores de 65 años con otros factores de riesgo adicionales.
- Nivel rojo: riesgo extremo para mayores de 65 años con varios factores de riesgo.

¿Cómo se activan las alertas por ola de calor?
La AEMET clasifica las alertas en cuatro niveles según la peligrosidad del fenómeno:
- Nivel verde: sin riesgo.
- Nivel amarillo: riesgo limitado.
- Nivel naranja: riesgo significativo.
- Nivel rojo: riesgo muy alto para la salud.
Las regiones más propensas a las alertas por altas temperaturas en España son Andalucía, Extremadura, Murcia, Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Aragón y Cataluña. En estas zonas, sectores como la construcción o la agricultura ya aplican jornadas intensivas en verano, limitando la actividad a primeras horas del día y evitando las franjas de mayor exposición.
¿Qué ocurre si no se puede detener la actividad?
En caso de que una actividad esencial no pueda ser interrumpida, la empresa está obligada a adoptar medidas preventivas extraordinarias. Estas pueden incluir pausas frecuentes en zonas de sombra, suministro de agua fresca, instalación de elementos que reduzcan la exposición directa al sol y el uso de ropa laboral transpirable.
Este tipo de medidas son especialmente relevantes para profesiones esenciales como sanitarios, policías, bomberos o agentes forestales, cuyo trabajo no puede detenerse.
¿Qué sanciones pueden imponerse si no se cumple la normativa?
Si una empresa continúa la actividad laboral al aire libre durante una ola de calor sin aplicar las medidas correspondientes, cualquier persona trabajadora puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo. Este organismo evaluará si existe riesgo para la salud y podrá imponer sanciones conforme a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Las multas, dependiendo de la gravedad, pueden superar los 900.000 euros.
¿Existe algún permiso para no trabajar durante una ola de calor?
Sí. El Real Decreto-Ley 8/2024 contempla la posibilidad de solicitar un permiso retribuido de hasta 4 días en caso de riesgo grave e inminente, que incluye los fenómenos meteorológicos extremos. Este permiso puede aplicarse tanto en verano como en otras épocas del año si se justifica el peligro para la salud.
Conclusión
Trabajar al aire libre durante una ola de calor no es una cuestión de elección o resistencia física, sino una situación regulada legalmente. Las empresas tienen la responsabilidad de garantizar la seguridad y salud de sus plantillas, adoptando medidas preventivas y actuando con previsión ante episodios de calor extremo.
Desde nuestra asesoría recomendamos revisar y actualizar los planes de prevención de riesgos laborales para incluir escenarios de estrés térmico, así como formar al personal responsable en la aplicación efectiva de estas medidas. Ante cualquier duda o necesidad de adaptación normativa, quedamos a su disposición para asesorarle.




