incapacidad permanente

Grados de Incapacidad Permanente y Efectos sobre la Relación Laboral

¿Qué es la incapacidad permanente?

La incapacidad permanente es una situación en la que el trabajador, tras haber recibido el tratamiento médico adecuado y ser dado de alta, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves. Estas reducciones deben ser objetivamente determinables y previsiblemente definitivas, disminuyendo o anulando su capacidad para trabajar.

No se trata solo de una declaración médica sobre el estado de salud, sino de un acto administrativo con importantes consecuencias laborales y de protección social.

Grados de incapacidad permanente

Existen varios grados de incapacidad permanente, cada uno con sus características y efectos sobre la relación laboral:

1. Incapacidad Permanente Parcial (IPP)

La IPP implica una disminución no inferior al 33% en el rendimiento normal para la profesión habitual del trabajador, sin impedirle realizar las tareas fundamentales de la misma. El trabajador puede seguir trabajando, aunque con mayor dificultad.

2. Incapacidad Permanente Total para la Profesión Habitual (IPT)

La IPT inhabilita al trabajador para realizar todas o las principales tareas de su profesión habitual. Sin embargo, el trabajador puede dedicarse a otra profesión distinta. Aquí, se consideran diferentes escenarios:

  • Enfermedad común: Se refiere a la actividad fundamental desarrollada durante los 12 meses anteriores al inicio de la incapacidad temporal que deriva en la IP.
  • Accidente: Corresponde a la actividad desempeñada al momento del accidente, independientemente del tiempo transcurrido hasta la declaración de la incapacidad permanente.

3. Incapacidad Permanente Absoluta para Todo Trabajo (IPA)

La IPA impide completamente al trabajador realizar cualquier profesión u oficio, anulando su capacidad laboral de manera absoluta.

4. Gran Invalidez (GI)

La GI supone que el trabajador necesita asistencia de una tercera persona para realizar los actos más elementales de la vida diaria, como vestirse, desplazarse, comer y lavarse.

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Factores para determinar el grado de incapacidad permanente

La determinación del grado de incapacidad no se basa únicamente en la gravedad de la lesión, sino en la disminución de la capacidad laboral del trabajador. Los factores que se consideran incluyen:

  • Impacto de las dolencias y secuelas en el trabajo del trabajador.
  • Conjunto de dolencias presentes en el trabajador.
  • Posibilidad de corrección de las dolencias.

El enfoque está en la capacidad laboral residual del trabajador y cómo las secuelas definitivas afectan su desempeño laboral.

Consecuencias del reconocimiento de una incapacidad permanente sobre el contrato de trabajo

El reconocimiento de una incapacidad permanente tiene diferentes efectos según el grado de incapacidad:

Incapacidad Permanente Parcial (IPP)

La IPP no es causa de extinción del contrato de trabajo, pero puede ocasionar dificultades al reincorporarse. Según el rendimiento afectado, las consecuencias pueden ser:

  1. Sin afectación del rendimiento normal: El empresario debe reincorporar al trabajador a su puesto de trabajo con el mismo nivel retributivo.
  2. Con disminución del rendimiento: El empresario debe asignar al trabajador a un puesto adecuado a su capacidad residual o ajustar el salario proporcionalmente, sin que la reducción supere el 25% ni los ingresos caigan por debajo del SMI (salario mínimo interprofesional).

La situación puede revertirse si el trabajador recupera su capacidad total dentro de un período de tres años y comunica a la empresa su aptitud declarada por el organismo competente.

Incapacidad Permanente Total (IPT)

La declaración de IPT puede llevar a la suspensión o extinción del contrato de trabajo:

  • Suspensión del contrato: Ocurre si se prevé una mejoría en un plazo de dos años o si está contemplada en el convenio colectivo.
  • Extinción del contrato: Según el ET art. 49.1.e, puede extinguirse el contrato, pero recientes sentencias del TJUE han establecido que esta extinción debe considerar ajustes razonables antes de ser efectiva. Sin estos ajustes, la extinción puede considerarse discriminación por discapacidad.

Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) y Gran Invalidez (GI)

La declaración de IPA o GI usualmente resulta en la extinción del contrato de trabajo, aunque existe la posibilidad de reincorporación si se prevé una mejoría.

Implicaciones legales recientes

En mayo de 2024, el Consejo de Ministros aprobó la reforma del ET art. 49.1.e, eliminando la extinción automática del contrato por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. Esta reforma, aún en tramitación, responde a la sentencia del TJUE del 18 de enero de 2024 (C-631/22), que considera discriminatorio extinguir el contrato sin considerar ajustes razonables.

Sentencias relevantes

  • TJUE 18-1-24 (C-631/22): Declara nula la extinción del contrato por IPT sin ajustes razonables.
  • JS nº 2 de Vigo 19-1-24: Obliga a readmitir al trabajador con IPT realizando ajustes razonables.
  • TSJ Illes Balears 19-3-24: Declara improcedente la extinción del contrato por IPT, destacando la necesidad de solicitar adecuadamente la nulidad.
  • TSJ Murcia 20-2-24: Declara nula la extinción del contrato por IPT sin ajustes razonables, afirmando que se trata de una discriminación por discapacidad.

Conclusión

La incapacidad permanente, en sus diferentes grados, tiene significativas consecuencias sobre la relación laboral. Desde Gabinete Jurídico Laboral, ofrecemos asesoramiento especializado para gestionar estas situaciones y garantizar los derechos de los trabajadores y la correcta aplicación de la normativa vigente. Si necesita asesoramiento, no dude en contactarnos para recibir una consulta profesional y personalizada.