La corresponsabilidad en el ámbito familiar y laboral sigue siendo un tema de creciente relevancia en España. La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 2 de diciembre de 2024 (ROJ: STSJ CAT 8939/2024), arroja luz sobre una cuestión fundamental: la adaptación de la jornada laboral como derecho individual y no condicionado por la disponibilidad del otro progenitor. Este caso, que involucra a Gerónimo, un trabajador que buscaba ajustar su horario para recoger a sus hijos del colegio, plantea importantes reflexiones sobre los límites de este derecho y el papel de la corresponsabilidad en la conciliación.
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ToggleEl Caso: Adaptación Horaria Denegada
Gerónimo, padre de dos hijos menores, solicitó a su empresa adaptar su jornada laboral para poder recoger a los niños del colegio. Su propuesta consistía en finalizar su jornada a las 16:00 horas de lunes a viernes. Sin embargo, la empresa denegó la solicitud argumentando que la madre de los menores podía asumir esa tarea varios días a la semana, lo que, según la empresa, hacía innecesario conceder la adaptación diaria solicitada.
Como alternativa, la empresa propuso permitirle trabajar de 8:00 a 16:00 horas solo los miércoles, el único día en que la madre no podía encargarse del cuidado.
La denegación fue impugnada por Gerónimo, quien alegó que la decisión de la empresa no solo perpetuaba roles de género tradicionales al delegar en la madre el cuidado principal de los hijos, sino que también vulneraba su derecho individual a adaptar su jornada laboral para conciliar la vida familiar y laboral.
Adaptación de Jornada: Un Derecho Individual e Incondicionado
La Ley del Estatuto de los Trabajadores (art. 34.8) establece el derecho de los trabajadores a solicitar la adaptación de su jornada laboral para garantizar la conciliación familiar, siempre que sea razonable y proporcionada a las necesidades de la empresa. Este derecho, cabe destacar, es individual, es decir, pertenece a cada progenitor por separado y no puede supeditarse a las circunstancias o disponibilidad del otro.
En este caso, la empresa intentó justificar la denegación basándose en la capacidad de la madre para asumir el cuidado de los menores. Sin embargo, el Tribunal dejó claro que este razonamiento perpetúa roles de género tradicionales, asignando implícitamente a la mujer la principal responsabilidad en el ámbito familiar.
Puntos clave de la sentencia:
- Derecho individual: La adaptación de jornada no depende de si el otro progenitor está disponible para asumir responsabilidades. Cada progenitor tiene derecho a solicitar ajustes razonables para cumplir con sus deberes familiares.
- Corresponsabilidad: Usar el argumento de la corresponsabilidad para denegar el derecho es contraproducente, ya que no promueve una distribución equitativa, sino que perpetúa los estereotipos de género.
- Dificultades organizativas: Aunque la situación del otro progenitor puede ser considerada en casos donde existan reales dificultades organizativas, la empresa no demostró ninguna afectación significativa en su funcionamiento para justificar la negativa.

Corresponsabilidad: Una Herramienta Mal Interpretada
Uno de los puntos más relevantes de este caso es cómo la corresponsabilidad, un principio diseñado para promover la igualdad en el reparto de las tareas familiares, fue utilizada de manera errónea por la empresa para justificar la negativa a conceder la adaptación horaria.
El TSJ de Cataluña subrayó que la corresponsabilidad no puede ser invocada para limitar derechos individuales ni para perpetuar desigualdades de género. De hecho, la verdadera finalidad de la corresponsabilidad es permitir que ambos progenitores puedan conciliar su vida laboral y familiar de manera equitativa. En este sentido, el enfoque de la empresa no solo fue erróneo, sino que contravino el espíritu de la normativa laboral y de igualdad vigente en España.
Daños y Perjuicios por la Negativa a la Adaptación
Otro aspecto crucial de la sentencia fue el reconocimiento de una indemnización a favor del trabajador por los daños derivados de la negativa de la empresa a permitir la adaptación de la jornada en los términos solicitados.
La indemnización de 3.751 euros fue concedida con base en el artículo 139.1 a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) y los artículos 7.5 y 40.1 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS). Este monto se corresponde con el tiempo en que Gerónimo se vio privado de ejercer su derecho a la conciliación.
Aspectos destacados:
- La indemnización no estuvo vinculada a una vulneración de derechos fundamentales, sino que fue otorgada por la negativa o demora en aplicar un derecho recogido en la legalidad ordinaria.
- Este fallo refuerza la importancia de que las empresas evalúen adecuadamente las solicitudes de adaptación de jornada y actúen de manera diligente para evitar litigios costosos y daños reputacionales.
El Rol del Tribunal: Garantizar la Igualdad y la Conciliación
La sentencia del TSJ de Cataluña sienta un precedente importante al abordar la corresponsabilidad desde una perspectiva de igualdad de género y conciliación familiar. Además, refuerza el derecho de los trabajadores a adaptar su jornada laboral sin que este quede condicionado por los roles tradicionales de cuidado.
En este contexto, se destaca la necesidad de que las empresas adopten un enfoque proactivo y sensible a las necesidades de conciliación, evaluando las solicitudes de manera objetiva y considerando tanto el bienestar del trabajador como el impacto organizativo.
Conclusión
La corresponsabilidad no debe ser utilizada como una excusa para limitar el derecho a la conciliación, sino como una herramienta para garantizar que ambos progenitores puedan equilibrar sus responsabilidades laborales y familiares. La sentencia del TSJ de Cataluña es un recordatorio de la importancia de interpretar la normativa laboral desde una perspectiva igualitaria, garantizando que los derechos de los trabajadores sean respetados y protegidos.
En Gabinete Jurídico Laboral, entendemos la complejidad que implica gestionar este tipo de situaciones y ofrecemos asesoramiento especializado para garantizar que las empresas cumplan con la normativa laboral y promuevan entornos equitativos. Si necesitas asesoramiento en temas de conciliación, adaptación de jornada o cualquier otro aspecto laboral, no dudes en contactarnos. Juntos podemos construir soluciones que beneficien tanto a los trabajadores como a las empresas.




